
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó la regulación de las cuentas sueldo para adecuarla a los cambios introducidos por la Reforma Laboral y autorizó que este tipo de cuentas puedan abrirse y utilizarse tanto en pesos como en dólares estadounidenses. La medida también incorpora nuevas disposiciones sobre la operatoria en moneda extranjera y ratifica la gratuidad del servicio para los trabajadores.
La decisión fue oficializada mediante la Comunicación “A” 8460, dirigida a las entidades financieras, donde el organismo estableció las adecuaciones que deberán implementar los bancos en relación con las cuentas destinadas al cobro de haberes.
La principal modificación consiste en la incorporación del dólar estadounidense como moneda habilitada para este tipo de cuentas. En ese sentido, la normativa dispone: "Incorporar al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la 'Cuenta sueldo' prevista en el punto 2.1. del texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales".

Hasta ahora, la reglamentación contemplaba únicamente cuentas sueldo denominadas en pesos. Con este cambio, las entidades financieras podrán acreditar salarios tanto en moneda nacional como en dólares, en línea con las previsiones incorporadas por la Reforma Laboral.
La comunicación también fija las condiciones que deberán cumplir los bancos para garantizar la disponibilidad de efectivo en moneda extranjera.
Al respecto, el BCRA dispuso: "Aclarar que la atención de la operatoria de depósito y extracción de fondos en efectivo de las cuentas en dólares estadounidenses (...) es obligatoria en la sucursal de radicación de la cuenta y, en la medida que las entidades cuenten con esa disponibilidad operativa de numerario, en las demás sucursales, en cajeros automáticos y terminales de autoservicio".
De esta manera, las entidades deberán asegurar que los titulares de cuentas sueldo en dólares puedan realizar depósitos y retiros de efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta. Asimismo, cuando exista disponibilidad de billetes, esas operaciones también podrán efectuarse en otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio.
Sin costo
Otro de los aspectos incluidos en la resolución ratifica el carácter gratuito de este producto bancario.
La comunicación establece que "la gratuidad de la cuenta (...) alcanza hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo".
Con esta disposición, el Banco Central aclaró que los fondos provenientes del salario mantendrán ese beneficio aun cuando permanezcan depositados en la cuenta durante un período indefinido, sin que ello implique la pérdida de la gratuidad.
En la misma comunicación, la autoridad monetaria informó a las entidades financieras que próximamente remitirá las hojas actualizadas que deberán incorporarse al texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales, a fin de reflejar las modificaciones introducidas.
La Comunicación "A" 8460 lleva las firmas de Darío Stefanelli, gerente principal de Emisión y Aplicaciones Normativas del Banco Central, y de Marina Ongaro, subgerenta general de Regulación Financiera.